A- de 2024
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Gutiérrez Silva Nathalia Andrea·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Requisitos de procedencia
- Incumplimiento de la carga argumentativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
La demanda se rechazó porque la actora, en lugar de corregir los yerros, reiteró su postura inicial, por lo que no generó una duda mínima sobre la inconstitucionalidad de las normas acusada.
Encontró la Corte que la demandante reiteró en el recurso los argumentos de la demanda y del escrito de corrección, los cuales no están mínimamente orientados a evidenciar un yerro, olvido o actuación arbitraria en la providencia cuestionada.
Como los argumentos de la recurrente no contenían los requerimientos argumentativos mínimos para habilitar un estudio de fondo, la Sala Plena RECHAZÓ la súplica deprecada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. RECHAZAR el recurso de súplica formulado contra el Auto del 21 de agosto de 2024, mediante el cual la magistrada Cristina Pardo Schlesinger rechazó la demanda de inconstitucionalidad formulada por la ciudadana Nathalia Andrea Gutiérrez Silva contra los artículos 51 de la ley 2277 de 2022, 195 del Decreto Ley 1333 de 1986 y 240 del Estatuto Tributario. Lo anterior, por el incumplimiento del requisito de carga argumentativa.
- Segundo. Proceda la Secretaría General de la Corte Constitucional a comunicarle el contenido de esta decisión a la peticionaria, indicándole que contra esta no procede recurso alguno.
- Tercero. En firme esta decisión, archívese el expediente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.